A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Claimant Idear·Respondent Perdomo Velandia Mirta Rocio
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procesos ejecutivos hipotecarios en los que haga parte una entidad pública
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Arauca, causado por una demanda ejecutiva de mínima cuantía instaurada por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de una ciudadana, con el propósito de que se libre mandamiento de pago de un valor contenido en un pagaré originado en un crédito otorgado por la entidad, que cuenta con una garantía real constituida sobre un bien inmueble.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, si bien hay una entidad pública en el proceso, esto no implica que el asunto deba ser conocido por la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en razón a que estos casos no hacen parte de una condena impuesta por dicha jurisdicción, una conciliación aprobada por ella, un laudo arbitral, ni tampoco a una obligación originada en un contrato estatal.
En reiteración de la regla de decisión Auto 1089/22, el conocimiento de la demanda corresponde a Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Civil.
Lo anterior, basado en que el origen de la obligación hipotecaria es un derecho real, por lo que no se activa ninguno de los tres supuestos contenidos en la cláusula de competencia establecida en el artículo 104.6 del CPACA.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Arauca, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, es la autoridad competente para conocer la demanda ejecutiva promovida por el IDEAR contra Mirta Rocío Perdomo Velandia.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-6577 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite, como también al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Arauca.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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